El tema del canal de Panamá
¿Exagerado el chiste de nuestro genial Farreras, maestro en radiografiar cada día la realidad en la que estamos sumergidos en el país constructor del submarino que no flota?
¿Por qué debo certificar la accesibilidad de mi negocio? Límite: diciembre de 2017
¿Por qué debo certificar la accesibilidad de mi negocio? Límite: diciembre de 2017
La cuenta atrás ha comenzado para alcanzar la 'accesibilidad universal' en España.La "Ley General de derechos de las personas con discapacidad" reitera la obligatoriedad, ya incluida en la "Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal", de adecuar las condiciones básicas de accesibilidad de los edificios existentes en lo que sea susceptible de 'ajustes razonables', en los plazos y términos que se establezcan reglamentariamente teniendo como fecha límite el 4 de diciembre de 2017.La "Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana", define en su artículo 2el concepto de 'ajustes razonables' como "las medidas de adecuación de un edificio para facilitar la 'accesibilidad universal' de forma eficaz, segura y práctica, y sin que supongan una carga desproporcionada, definiendo así mismo el alcance de dicha proporcionalidad". Esta misma Ley establece el Informe de Evaluación de Edificios (IEE) como la herramienta que permite cuantificar las condiciones básicas de 'accesibilidad universal' y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es por tanto susceptible o no de realizar 'ajustes razonables' para satisfacerlas. El concepto de 'accesibilidad universal' es definido como "la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Para resumir, una vez citada la Legislación, debemos destacar que antes del 4 de diciembre de 2017, el entorno construido (inmuebles, edificaciones y espacio urbano) que sea susceptible de 'ajustes razonables' debe reunir las condiciones de accesibilidad.El presidente del Colegio de Aparejadores de Madrid, Jesús Paños, recuerda que "la Ley de Ordenación de la Edificación establece los requisitos básicos que se deben cumplir en el proyecto, construcción, mantenimiento y conservación de los edificios, estando entre estos la funcionalidad y con ella la accesibilidad para personas con discapacidad". No obstante, Paños recuerda que "la legislación técnica actual se ha ido incorporando de manera gradual a nivel estatal, ya que en un principio la accesibilidad se relegó legislativamente al ámbito autonómico, dando lugar a amplias y complicadas diferencias de valoración". [caption id="attachment_2604" align="aligncenter" width="300"]
UNA SOLUCIÓN, LA CERTIFICACIÓN CON EL SISTEMA "DIGA"
Ante este panorama, y a menos de 30 meses para que se cumpla el plazo, la Fundación Shangri-La ofrece una solución: DIGA (Distintivo Indicador del Grado de Accesibilidad).
El Sistema DIGA permite informar a las personas con necesidades especiales y a sus familiares de los grados de accesibilidad con los que cuenta cada establecimiento o servicio. Esta herramienta social evalúa y certifica el grado de accesibilidad de todos los elementos que constituyen el conjunto de estructuras físicas, funcionales y virtuales. Todo ello en colaboración con la certificadora internacional IMQ. Al certificar la accesibilidad con DIGA, se puede acreditar por tanto que los inmuebles, edificaciones y espacios urbanos reúnen las condiciones de accesibilidad exigidos en la legislación vigente antes del 4 de diciembre de 2017.El presidente del Colegio de Aparejadores de Madrid opina sobre la certificación de la accesibilidad: "con un 95% del parque de viviendas, que es de unos 25 millones, anteriores al CTE, hasta la adecuación de los 'ajustes razonables' mínimos que mediante documentos de apoyo indique la administración central, la certificación de accesibilidad puede ser una buena solución". [caption id="attachment_2603" align="aligncenter" width="300"]
ENLACES DE INTERÉS
"Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana"
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